Beneficio a cumplidores

Si cumpliste con tus obligaciones en tiempo y forma, podés gozar de beneficios especiales.
¿Quiénes son contribuyentes cumplidores?
Son los contribuyentes que cumplieron con la obligación correspondiente a bienes personales por los períodos fiscales 2014 y 2015.
¿En qué momento analizan si soy cumplidor o no?
La categorización como contribuyente, cumplidor o no, se realiza al momento de entrada en vigencia de la ley.
¿Cuál es el Beneficio?
- Exención del Impuesto sobre los Bienes Personalespor los períodos fiscales 2016, 2017 y 2018, inclusive, o
- Si no corresponde lo anterior exención del impuesto a las ganancias para la primer cuota del aguinaldo 2016, para empleados en relación de dependencia y jubilados.
¿Hasta que fecha puedo optar por el beneficio?
Podrá optar hasta el 31 de marzo de 2017 inclusive.