{"id":4161,"date":"2018-12-28T12:51:15","date_gmt":"2018-12-28T11:51:15","guid":{"rendered":"https:\/\/aurenweb-stg.servidortemporal.net\/cl\/blog\/contingencias-fiscales-de-los-precios-de-transferencia\/"},"modified":"2018-12-28T12:51:15","modified_gmt":"2018-12-28T11:51:15","slug":"contingencias-fiscales-de-los-precios-de-transferencia","status":"publish","type":"blog","link":"https:\/\/aurenweb-stg.servidortemporal.net\/cl\/blog\/contingencias-fiscales-de-los-precios-de-transferencia\/","title":{"rendered":"Contingencias fiscales de los precios de transferencia"},"content":{"rendered":"<p class=\"text-justify\">Las contingencias fiscales derivadas de los precios de transferencia en el \u00e1mbito del impuesto sobre sociedades tienen incidencia en el trabajo del auditor de cuentas, que deber\u00e1 estar atento a la posibilidad de existencia de dichas contingencias.<\/p>\n<p class=\"text-justify\">La Resoluci\u00f3n de 9 de febrero de 2016, del Instituto de Contabilidad y Auditor\u00eda de Cuentas, por la que se desarrollan las normas de registro, valoraci\u00f3n y elaboraci\u00f3n de las cuentas anuales para la contabilizaci\u00f3n del Impuesto sobre Beneficios, en su art\u00edculo 18 \u0093Provisiones y contingencias derivadas del impuesto sobre beneficios\u0094, curiosamente no habla de contingencias, solo de provisiones. Por tanto, para saber de ellas debemos ir a la NRV 15 \u0093Provisiones y contingencias\u0094 del PGC que indica que \u0093en la memoria de las cuentas anuales se deber\u00e1 informar sobre las contingencias que tenga la empresa relacionadas con obligaciones distintas a las mencionadas en el p\u00e1rrafo anterior\u0094 (que son las provisiones). Esta NRV tampoco dice mucho de las contingencias; nos indica que las provisiones son los pasivos probables (requieren reconocimiento en estados financieros y memoria), y las contingencias son pasivos posibles (s\u00f3lo se recogen en la memoria). M\u00e1s expl\u00edcita es la NIC 37 \u0093Provisiones, Pasivos Contingentes y Activos Contingentes\u0094, que dice: <\/p>\n<p class=\"text-justify\">Un pasivo contingente es: <\/p>\n<ul class=\"text-justify\">\n<li class=\"text-justify\">una obligaci\u00f3n posible, surgida a ra\u00edz de sucesos pasados y cuya existencia ha de ser confirmada s\u00f3lo por la ocurrencia o no ocurrencia de uno o m\u00e1s eventos inciertos en el futuro, que no est\u00e1n enteramente bajo el control de la entidad <\/li>\n<li class=\"text-justify\">o una obligaci\u00f3n presente, surgida a ra\u00edz de sucesos pasados, que no se ha reconocido contablemente porque:<\/li>\n<\/ul>\n<p class=\"text-justify\">a. No es probable que para satisfacerla se vaya a requerir una salida de recursos que incorporen beneficios econ\u00f3micos; o<\/p>\n<p class=\"text-justify\">b. El importe de la obligaci\u00f3n no pueda ser medido con la suficiente fiabilidad.<\/p>\n<p class=\"text-justify\">En el tr\u00e1fico normal de las empresas los precios suelen fijarse de manera que las empresas sean competitivas y obtengan rentabilidad para el accionista. Pero cuando las transacciones son entre partes vinculadas podr\u00edan manipularse los precios con el objeto de trasladar resultados de unas empresas a otras.<\/p>\n<p class=\"text-justify\">En este sentido el art\u00edculo 18 de la Ley 27\/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (en adelante, \u0093LIS\u0094) establece que las operaciones efectuadas entre personas o entidades vinculadas se valorar\u00e1n por su valor de mercado, entendi\u00e9ndose por \u00e9ste, aquel que se habr\u00eda acordado por personas o entidades independientes en condiciones que respeten el principio de libre competencia. <\/p>\n<p class=\"text-justify\">La fijaci\u00f3n de precios entre partes vinculadas debe adem\u00e1s estar documentada, ya que la Administraci\u00f3n tributaria podr\u00e1 ajustar los precios de transferencia si estima que difieren de los que se producir\u00edan entre partes independientes. Esta documentaci\u00f3n se corresponde con la informaci\u00f3n del grupo al que pertenece el contribuyente (\u0093master file\u0094) o con informaci\u00f3n del propio contribuyente (\u0093local file\u0094). <\/p>\n<p class=\"text-justify\">Las sanciones por no tener a disposici\u00f3n de la administraci\u00f3n tributaria la documentaci\u00f3n exigida pueden ser significativas y var\u00edan dependiendo de si de la inspecci\u00f3n se desprende ajuste o no a la valoraci\u00f3n de las operaciones vinculadas. Si hay ajuste, la sanci\u00f3n ser\u00e1 del 15% del ajuste con un m\u00ednimo de 3.000,00 euros por dato y de 30.00,00 euros por conjunto de datos; y si no hay ajuste, la sanci\u00f3n es de 1.000,00 euros por dato y 10.000, euros por conjunto de datos, con el l\u00edmite m\u00e1ximo de la menor cuant\u00eda entre el 10% del importe conjunto de las operaciones y el 1% del importe neto de la cifra de negocios. La clasificaci\u00f3n entre dato o conjunto de datos figura en los art\u00edculos 15 y 16 de la LIS. <\/p>\n<p class=\"text-justify\">Por todo lo anterior, se pueden poner de manifiesto contingencias para las sociedades que realicen operaciones vinculadas por los importes y con las caracter\u00edsticas establecidas en la LIS, si no disponen de la adecuada documentaci\u00f3n (o \u00e9sta es inexacta o falsa) que permita a la Administraci\u00f3n tributaria determinar si los precios de transferencia se ajustan al valor normal de mercado. Y el auditor de cuentas deber\u00e1 comprobar que, en las cuentas anuales, concretamente en la memoria al tratarse de contingencias, se incluye toda la informaci\u00f3n requerida por la NECA 14 \u0093Provisiones y contingencias\u0094 de la tercera parte del PGC. <\/p>\n<p class=\"text-justify\"><strong>Crist\u00f3bal Montes, Socio de Auditor\u00eda de&nbsp;Auren&nbsp;<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp; <\/p>\n<p><!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on the_content --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on the_content --><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Las contingencias fiscales derivadas de los precios de transferencia en el \u00e1mbito del impuesto sobre sociedades tienen incidencia en el trabajo del auditor de cuentas, que deber\u00e1 estar atento a la posibilidad de existencia de dichas contingencias.<\/p>\n","protected":false},"featured_media":4163,"template":"","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"blog-category":[],"class_list":["post-4161","blog","type-blog","status-publish","has-post-thumbnail","hentry"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/aurenweb-stg.servidortemporal.net\/cl\/wp-json\/wp\/v2\/blog\/4161","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/aurenweb-stg.servidortemporal.net\/cl\/wp-json\/wp\/v2\/blog"}],"about":[{"href":"https:\/\/aurenweb-stg.servidortemporal.net\/cl\/wp-json\/wp\/v2\/types\/blog"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/aurenweb-stg.servidortemporal.net\/cl\/wp-json\/wp\/v2\/blog\/4161\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/aurenweb-stg.servidortemporal.net\/cl\/wp-json\/wp\/v2\/media\/4163"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/aurenweb-stg.servidortemporal.net\/cl\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=4161"}],"wp:term":[{"taxonomy":"blog-category","embeddable":true,"href":"https:\/\/aurenweb-stg.servidortemporal.net\/cl\/wp-json\/wp\/v2\/blog-category?post=4161"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}